Una mujer de alrededor de 25 años de edad murió a faldas del Popocatépetl luego de acercarse al cráter del volcán de forma clandestina, de acuerdo con las autoridades, murió tras ser alcanzada por material volcánico.
Fue la secretaria de Gobernación del estado de Puebla, Ana Lucía Hill, quien confirmó la muerte de la joven, quien aparentemente se acercó a 300 metros del cráter del Popocatépetl acompañada de otras tres personas, una de las cuales también resultó herida.
Los escaladores, no profesionales, son originarios del municipio de Tlalmanalco en el Estado de México, y aparentemente subieron el volcán Popocatépetl acompañados de un guía que los abandonó durante el ascenso.
Según la Agencia Mexiquense, el Popocatépetl registró una explosión mientras la mujer y sus acompañantes se encontraban en la cima del volcán, por lo que los residuos volcánicos hirieron a dos personas, incluida a la mujer que perdió la vida.
El grupo de personas se acercó de manera ilegal a menos de 300 metros del cráter del volcán, pese a que el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) ha prohibido el paso de alpinistas a un radio de 12 kilómetros del cráter del Popocatépetl.
Lo anterior como una medida de prevención a accidentes, pues debido a que el Popocatépetl es un volcán activo, acercarse al cráter es sumamente peligroso y letal a causa de la actividad volcánica.
“El Popocatépetl es un volcán activo y muy peligroso. No intentes acercarte al cráter, ni rebases el radio de 12 km porque pones en peligro tu vida”.
-Informó el Cenapred
La mujer que falleció y sus acompañantes fueron rescatados este viernes por autoridades del municipio de Amecameca en Puebla, luego de que el Centro de Mando de la localidad recibiera una llamada de auxilio de los alpinistas.
Cabe mencionar que los artículos 55 y 56 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en relación con lo dispuesto por los artículos 23 y 73 de la Ley General de Protección Civil, indica que cualquier intento de ingreso a la zona restringida, evento o actividad que llame a rebasar el radio de exclusión será reportado a las autoridades competentes a fin de que sea sancionado conforme a las leyes aplicables.