Cuando se trata de verificar tu auto en la CDMX el periodo para hacerlo es estricto y limitado, sin embargo, las autoridades capitalinas han informado los casos en los que el periodo de verificación se puede ampliar hasta 15 días.
Esta extensión del tiempo de verificación es otorgado sólo para tres casos específicos:
- Cuando ya llevaste a verificar tu auto pero no pasó la verificación
- Cuando ya pagaste tus infracciones pero el pago no se refleja en el sistema
- Cuando se adeudan sanciones cívicas
De acuerdo con la Secretaría del Medio Ambiente capitalina (Sedema), los autos que cumplan con alguna de las condiciones anteriores tendrán derecho a ampliar hasta 15 días más el tiempo para verificar su vehículo, esto en el mismo verificentro donde obtuvieron su cita inicial.
Específicamente, la Secretaría detalló en el “Aviso por el que se da a conocer esta modificación al Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO) para el Primer Semestre del año 2022”, los requisitos para la ampliación del tiempo de verificación en cada uno de los casos antes mencionados.
Casos en los que se puede ampliar el tiempo para verificar en CDMX:
Cuando ya llevaste a verificar tu auto pero no pasó la verificación
-La persona que haya acudido a una cita para verificar su auto en tiempo y forma, pero su vehículo no pasó las pruebas de verificación, tendrá una prórroga de 15 días sin que le requieran el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea.
-Este servicio de verificación sólo se prestará si el automotor no presenta adeudos de infracciones de tránsito, fotocívicas, ambientales o de tenencia. El estatus de adeudos deberá consultarse en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los siguientes links:
- https://tramites.cdmx.gob.mx/fotocivicas/public/
- https://tramites.cdmx.gob.mx/fotocivicas/public/consulta-verificacion
-En el supuesto de que el automotor sea rechazado en el período de ampliación, será solicitada al ciudadano copia fotostática del rechazo de la última semana del período natural y le entregarán el original, con el cual podrá volver a intentar aprobar la verificación cuantas veces sea necesario en esos 15 días de prórroga.
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Cuando ya pagaste tus infracciones pero el pago no se refleja en el sistema
-Cuando el ciudadano acuda al centro de verificación en la última semana del periodo, el centro revisará los adeudos de infracciones de tránsito del automotor y, en caso de que existan, se solicitará al ciudadano el documento que acredite el pago de estas.
-Se evaluará que los pagos realizados cubran la totalidad de infracciones y, de cumplirse con estas condiciones, le sellarán la consulta de adeudos y colocarán una leyenda que indique: “El ciudadano mostró documentos que acreditan el pago de estas infracciones, la autenticidad de estos y resolver ante la SAF la acreditación de los mismos, es responsabilidad del ciudadano”.
-El ciudadano deberá presentar su unidad a verificar portando, adicional a los requisitos establecidos, su consulta de adeudos sellada por el centro y con la leyenda mencionada. En este caso también deberá consultar los adeudos en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los links antes mencionados.
-Se revisará que la consulta esté sellada y con la leyenda indicada, de ser así y que no existan adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.
-En el supuesto que el automotor sea rechazado en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga. En caso de que no se refleje el pago de las infracciones ya pagadas y tras concluir los 15 días de ampliación, se orientará al ciudadano para que acuda ante la SAF para resolver esta situación
Cuando se adeudan sanciones cívicas
-Al ciudadano que acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de sanciones cívicas y, en caso de que existan, se entregará la consulta de adeudos sellada y se le informará que no podrá verificar en tanto no resuelva su situación.
-Se informará al ciudadano que, de así desearlo, podrá realizar el o los cursos en línea dentro de las instalaciones del centro de verificación. En caso de aprobar los cursos, se puede hacer la verificación vehicular ese mismo día.
-En el caso de que el automotor no haya sido verificado en su período, se solicitará al ciudadano, adicional a los requisitos establecidos para verificar, la consulta de adeudos sellada por el mismo centro, en donde muestre que en la última semana de su período tenía adeudos por fotos cívicas
-Al acudir al centro de verificación, se revisará que la consulta esté sellada y, de ser así y que no existan adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.
-En el supuesto que la unidad sea rechazada en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotos cívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga.
Cabe mencionar que en cualquiera de los tres casos, si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el automotor no ha aprobado la verificación vehicular, deberá presentar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea. Se le podrá otorgar un descuento del 50% en dicha multa.