El Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) de la Ciudad de México hace un llamado a los dueños y/o encargados de establecimientos comerciales, así como de rutas y unidades de transporte, a no dejarse engañar por personas conocidas como “gestores de documentación”, quienes hacen creer que pueden resolver las situaciones que corresponden ante la mencionada institución, pero los orillan a caer en prácticas conocidas como coyotaje.
Los “gestores de documentación”, informa el INVEA, son personas o empresas que se encargan de tramitar ciertos papeles para los establecimientos, tales como permisos, licencias y certificados; sin embargo, algunos de ellos pueden ser fraudulentos y aprovecharse de la necesidad de los propietarios, pues les hacen creen que pueden gestionar las sanciones impuestas por el propio Instituto.
Foto: X @inveacdmx
Estos gestores fraudulentos pueden causar graves problemas a dichos propietarios, ya que no sólo generan pérdidas de dinero por el pago de sus “servicios”, sino que pueden ocasionar problemas legales si presentan documentación falsa o llegan a quebrantar los sellos, afectando la reputación del establecimiento.
Identificación de personal del INVEA
El INVEA advierte que atenderá únicamente a los dueños interesados y no a terceros que gestionen los asuntos entre los sancionados y el Instituto, a no ser que cuente con una carta poder notarial que lo acredite como su representante legal; en tanto, reitera que el Personal Especializado en Funciones de Verificación es el único facultado para retirar los sellos de Suspensión de Actividades o Clausura.
Foto: X @inveacdmx
En este sentido, el Personal Especializado adscrito al INVEA siempre debe identificarse plenamente portando gorra, chaleco, playera blanca con los logos del instituto y una credencial, siendo ésta última en la cual se podrá encontrar un código QR donde se corroborará su identidad directamente en la página del Instituto.
El INVEA señala que el retiro de los sellos se realiza después de que el establecimiento penalizado presente la documentación necesaria y pague la multa impuesta; esta sanción económica deberá pagarse únicamente ante la Secretaría de Finanzas, y ninguna otra persona o Personal Especializado puede solicitar dinero por el retiro de los mismos.
Por otro lado, la INVEA explica que no se tolerará el quebrantamiento de sellos de Suspensión o Clausura, pues esto es considerado un delito grave con una pena que va de seis a 12 años de prisión. Asimismo, mientras no se cuente con la resolución de la autoridad competente que determine el retiro de sellos, los establecimientos deberán permanecer cerrados.
Con información del Gobierno CDMX.
vcz.