El Tribunal Electoral capitalino dio a conocer la revocación sobre la instrucción hecha por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) con la cual se solicitó al jefe de Gobierno, Martí Batres, que se retirara la propaganda política y se hiciera la limpieza de bardas en la vía pública que tuvieran referencias a aspirantes a algún cargo político rumbo a las elecciones del 2024.
El organismo mencionó que se llegó a la resolución de que el Consejo General del IECM “excedió sus atribuciones” al haber reglamentado una conducta tomando un precepto normativo que no regula el retiro de propaganda electoral antes de las campañas y precampañas electorales.
El magistrado Juan Carlos Sánchez León, encargado del resolutivo, indicó que los lineamientos establecidos por el IECM respecto a la propaganda no tienen fundamento, argumentando que en el artículo 397 del código electoral se establece el retiro de propaganda electoral posterior a las campañas electorales y no previa a esta etapa, o incluso antes de las precampañas por lo que, dado que actualmente no ha iniciado este periodo, las instrucción no procede.
Foto: IECM
¿Por qué el IECM solicitó el retiro de propaganda política en la vía pública?
El IECM aprobó por unanimidad durante una sesión extraordinaria el pasado 11 de octubre los lineamientos para que el Gobierno de la Ciudad de México y las alcaldías retiraran o borraran propaganda política en la vía pública que haga referencia a aspirantes a algún cargo político rumbo a las elecciones del próximo año 2024.
De acuerdo al organismo, estos lineamientos hacen referencia a la propaganda que incluya nombre, apellido, imagen o algún dato que identifique a una persona, ya sea servidora pública o no, así como en la que no se identifique de manera expresa y visible la calidad de la persona y la denominación que se dé al proceso político.
De esta forma, fueron publicados los Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, esto dentro del marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, con el cual se le daba facultades a la Secretaría Ejecutiva del organismo para solicitar a alcaldes y autoridades capitalinas el retiro de propaganda, así como de anuncios que hicieran un llamado al voto (a favor o en contra de un partido, coalición o candidatura) fuera de los plazos previstos durante la precampaña y la campaña.
Dentro de los mismos establecimientos se indicó que los funcionarios no podrían hacer promoción para ellos mismos o terceras personas, mientras que en las alcaldías de la Ciudad de México, ni el Congreso ni otras instituciones de la administración pública local y federal deberían promocionar a favor o en contra a cualquier partido político, coalición o candidatura.
vcz.