Domingo 31 de Diciembre de  2023
LEY SECA

Esta alcaldía de la CDMX tendrá Ley Seca el Día de Muertos

En la Gaceta Oficial de hoy se dio a conocer que una alcaldía en la CDMX tendrá Ley Seca.

Esta alcaldía de la CDMX tendrá Ley Seca el Día de Muertos.
Esta alcaldía de la CDMX tendrá Ley Seca el Día de Muertos.Créditos: IStock
Por
Escrito en CDMX el

El Día de Muertos es una fecha de fiesta en México, y es por esa razón que las autoridades de una alcaldía en la capital mexicana decidieron aplicar la Ley Seca para ese día en algunas de sus colonias y barrios, así lo dieron a conocer en la Gaceta Oficial, documento en el que también explicaron las fechas y los motivos. 

El informe de la Gaceta Oficial publicada el día de hoy explica que será la Alcaldía Tláhuac, específicamente en cinco pueblos, donde habrá Ley Seca, por lo que se suspenderán todas las actividades para vender bebidas alcohólicas; es decir, todos los establecimientos mercantiles en esta zona tendrá prohibido la venta y expendio de licores. 

La Alcaldía Tláhuac tendrá Ley Seca por las celebraciones del Día de Muertos.
Foto: IStock

De igual forma, se estableció que la Ley Seca se aplicará en esta alcaldía los días 28, 29, 30 y 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre de 2023, en un horario que irá desde las 00:00 y hasta las 24:00 horas. Los cinco pueblos señalados en el informe como lugares donde se aplicará esta ley serán los siguientes:

  1. Pueblo de San Andrés Mixquic.
  2. Pueblo de San Francisco Tlaltenco. 
  3. Pueblo de San Juan Ixtayopan en la colonia Tierra Blanca con motivo de la “Festividad de la capilla Cristo Rey”, en la colonia Jaime Torres Bodet, con motivo de la “Festividad en honor al patrón San Judas Tadeo”. 
  4. Pueblo de San Nicolás Tetelco.
  5. Pueblo de Santiago Zapotitlán. 

¿En qué establecimientos se aplica la Ley Seca?

Esta ley con motivo de las celebraciones del Día de Muertos aplicará en los establecimientos mercantiles de bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente en la vía pública, tales como los siguientes: 

  • Vinaterías. 
  • Tiendas de abarrotes.
  • Supermercados con licencia. 
  • Para venta de vinos y licores. 
  • Tiendas de autoservicio. 
  • Tiendas departamentales. 
  • Cantinas. 
  • Pulquerías. 
  • Bares.
  • Cervecerías. 
  • Peñas. 
  • Cabarets.
  • Centros nocturnos. 
  • Discotecas. 
  • Salones de baile. 

En esta ley también se prohíbe dar bebidas alcohólicas gratis como obsequio, así como para cualquier otro establecimiento mercantil similar que ofrezca bebidas alcohólicas de cualquier graduación incluyendo el servicio a domicilio o para llevar.

La excepción a la Ley Seca se aplica en el consumo de bebidas alcohólicas en copeo con alimentos (no botanas), al interior de establecimientos mercantiles de impacto vecinal que cuenten la autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, únicamente durante el horario que les permita dicha autorización. 

¿Qué pasa si se viola la Ley Seca?

En la Ciudad de México, violar la Ley Seca puede tener tres consecuencias: arresto de 23 a 36 horas, multa económica que puede ir de 21 a 30 unidades (es decir, de mil 882 pesos hasta 2 mil 687, o realizar de 12 a 18 horas de trabajo comunitario. 

vcz.